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Abogados expertos de Santamarina y Steta dijeron que la clave para que funcione la Reforma Energética conforme a la Constitución, estará en sus órganos reguladores. Las reglas de operación que los regirán serán fundamentales para que se cumpla el objetivo de la Constitución, que consiste en modernizar al sector y convertir a México en un competidor de clase mundial.
Tras hacer un análisis de las modificaciones de fondo que previó la Reforma Constitucional, los abogados expresaron la importancia de las directrices, normas, permisos, procesos de licitación y leyes orgánicas de la legislación secundaria, para que la Reforma Energética conserve su espíritu. "Es momento de poner nuestra atención en los detalles técnicos de la legislación secundaria que no parecen debates nacionales pero que son la clave para que la ley no se convierta en letra muerta", dijo Mónica Santoyo, asociada de la firma experta en asuntos de Reforma. "Debemos prepararnos como opinión pública para seguir de cerca a la Comisión Reguladora de Energía (CRE), a la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), al Centro Nacional del Control de la Energía (CENACE) y el Centro Nacional de control del Gas Natural (CENAGAS).
Por su parte, Antonio Massieu, también asociado de Santamarina y Steta, señaló que las modificaciones de los órganos previstas por la Reforma Energética, les otorgan mayor autoridad para ser reguladores efectivos pero no mayor autonomía jurídica y presupuestal, porque todavía dependen de la Secretaría de Energía. "La Comisión Reguladora de Energía -dijo- ahora tiene atribuciones mucho más amplias y nuevas actividades relacionadas con petróleo, generación de energía eléctrica y procesos de licitación. Habrá que observar su transparencia y relación con el gobierno Federal, pero mucho más importante, habrá que ver su funcionamiento libre de las presiones de partidos políticos." Los expertos mostraron la necesidad de enfatizar la capacidad instalada de los órganos reguladores para llevar a cabo la operación del sector, la cual dará un salto en dinamismo por la Reforma Constitucional. "Asuntos como los procedimientos aparentemente menores aquí cobran relevancia, dada la necesidad de contar con una operación ágil para incentivar las inversiones que requiere el sector para explotar nuestros recursos", dijeron.
Análisis de los órganos reguladores del sector energético
Institución
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Naturaleza orgánica
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Principales funciones
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Cambios con la reforma
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Comisión Reguladora de Energía (CRE)
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Órgano Desconcentrado de la Administración Pública Federal (Secretaría de Energía)
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-Otorgamiento de permisos para la realización de actividades reguladas: transporte, almacenamiento y distribución de gas, y generación de energía eléctrica en las modalidades permitidas por la ley.
-Emisión de instrumentos regulatorios de carácter económico y técnico para la realización de actividades reguladas.
-Regulación sobre Pemex y CFE para la fijación de tarifas en actividades del sector.
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-Otorgamiento de permisos para nuevas actividades. reguladas de hidrocarburos (almacenamiento, transporte y distribución).
-Otorgamiento de permiso de generación de energía eléctrica.
Autorización de tarifas de porteo para transmisión y distribución eléctrica.
Regulación de acceso e terceros a los ductos de transporte y almacenamiento.
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Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH)
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Órgano Desconcentrado de la Administración Pública Federal (Secretaría de Energía)
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-Regular y supervisar la exploración y extracción de carburos de hidrógeno que se encuentren en mantos o yacimientos.
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-Autorizar servicios de reconocimiento y exploración superficial.
-Licitar, adjudicar y suscribir contratos de exploración y extracción.
-Supervisar los planes de extracción.
-Asistir a Pemex para el desarrollo de la Ronda Cero.
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Nuevas instituciones del sector (reguladores de segundo nivel)
Institución
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Naturaleza orgánica
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Principales funciones
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Centro Nacional del Control de la Energía (CENACE)
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Organismo Público Descentralizado
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-Tendrá a su cargo el control operativo del Sistema Eléctrico Nacional, a fin de que sea un tercero imparcial y no la propia CFE quien opere el mercado eléctrico mayorista, garantizando el acceso abierto y no discriminatorio al SEN, tanto par al transmisión como distribución.
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Centro Nacional de control del Gas Natural (CENAGAS)
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Organismo Público Descentralizado
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-Operará el sistema nacional de ductos de transporte y almacenamiento.
-Le será transerida la infraestructura correspondiente (consistente en los ductos que hoy son propiedad de PGPB), para que el CENAGAS la adquiera y la administre.
-Administrará los contratos que hoy administra PGPB en relación a la infraestructura relevante.
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